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Política de datos

Información importante sobre el manejo de tus datos.

POLITECNICO METROPOLITANO., identificado con NIT 901.338.711-9, ubicado en la Carrera 44 N 48-33 de la ciudad de Medellín, en virtud de su condición de responsable de tratamiento de datos personales obtenidos en el marco de su función como institución de formación continua de carácter privada y en procura de garantizar la protección de los derechos fundamentales de los titulares de los datos, da a conocer la política de tratamiento de datos personales afín al principio de autonomía institucional, sus estatutos y los reglamentos internos.
POLITECNICO METROPOLITANO, hace la salvedad que bajo ningún concepto hace entrega o traslado de los datos a terceras personas con fines comerciales.

La política aquí descrita se desarrolla en el siguiente:

MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL

La Constitución Política reconoce a los ciudadanos, en su artículo 15, los derechos al buen nombre, habeas data, intimidad personal y familiar, así como el derecho a solicitar respecto a los datos personales su actualización y rectificación. Las leyes estatutarias 1266 de 2008 y 1581 de 2012 desarrollaron dichos derechos constitucionales que fueron a su vez reglamentados por los decretos 1727 de 2009, 2952 de 2010 y 1377 de 2013. Los principios de libertad, legalidad, veracidad o calidad de los datos, finalidad, circulación restringida, temporalidad, interpretación integral, seguridad, transparencia y confidencialidad se interpretarán en concordancia con el derecho a la educación, su función social, reglamentación y con el principio de autonomía institucional que atañe a las instituciones educativas (arts. 67, 68 y 69 C. P.).

El tratamiento de la información personal de aspirantes, inscritos, estudiantes y egresados se adelantará de conformidad con los principios antes indicados y en el marco de lo dispuesto por la Ley 30 de 1992, los decretos reglamentarios 1767 de 2006 y 4968 de 2009 y la Resolución 1780 del Ministerio de Educación Nacional.

Respecto a los niños, niñas y adolescentes se actuará conforme a las disposiciones constitucionales (art. 44) y legales descritas en el Código de la Infancia y la Adolescencia, en pleno reconocimiento de sus derechos fundamentales, en especial al libre desarrollo de la personalidad e intimidad.

FINALIDAD

La recolección, uso, circulación y supresión de datos personales por parte del POLITECNICO METROPOLITANO. tienen como fin el desarrollo de procesos administrativos, financieros y académicos propios de su actividad, la difusión de los productos de investigación y de los programas con oferta para el respectivo ciclo lectivo, y las demás actividades afines a la misión educativa. En aquellos casos en que no exista mandato legal que así lo supla, EL POLITECNICOMETROPOLITANO hará la solicitud de autorización al titular cuando los suministre a terceros según el procedimiento descrito en la ley, para el manejo de los datos personales de acuerdo con la finalidad que desarrolla la política aquí descrita.

Para el cumplimiento de los fines institucionales y cuando así se requiera, el POLITECNICO METROPOLITANO., podrá contratar para que los servicios sean prestados por terceros, en estos casos la información que pueda contener datos de la comunidad educativa se trasladará con la suscripción de cláusulas de privacidad que permitan salvaguardar la intimidad del titular y la correcta prestación del servicio, y el cumplimiento de los demás deberes legales y constitucionales.

DEFINICIONES

AUTORIZACIÓN:

Consentimiento previo, expreso e informado del titular para llevar a cabo el tratamiento de datos personales.

AVISO DE PRIVACIDAD:

Comunicación verbal o escrita generada por la responsable dirigida al titular para el tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del tratamiento que se pretende dar a los datos personales.

BASE DE DATOS:

Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de tratamiento.

CAUSAHABIENTE:

Persona que ha sucedido a otra por causa del fallecimiento de ésta (heredero).

DATO PERSONAL:

Cualquier pieza de información vinculada a una o varias personas determinadas o determinables o que puedan asociarse a una persona natural o jurídica. DATO PÚBLICO: Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.

DATOS SENSIBLES:

Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como los que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos.

DATOS INDISPENSABLES:

Se entienden como aquellos datos personales de los titulares, imprescindibles para llevar a cabo la actividad de educación superior en docencia, investigación y proyección social. Los datos de naturaleza indispensable deberán ser proporcionados por los titulares de los mismos o los legitimados para el ejercicio de estos derechos.

DATOS OPCIONALES:

Son aquellos datos que el POLITECNICO METROPOLITANO., requiere para ofrecer servicios adicionales en investigación, docencia, proyección social, ofertas laborales, etc.

ENCARGADO DEL TRATAMIENTO:

Persona natural o jurídica, pública o privada que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del Tratamiento.

LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS:

Es la Ley 1581 de 2012 y sus Decretos reglamentarios o las normas que los modifiquen, complementen o sustituyan.
HABEAS DATA: Derecho de cualquier persona a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en el banco de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.

RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO:

Persona natural o jurídica, pública o privada que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o Tratamiento de los datos.

TITULAR:

Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.

TRATAMIENTO:

Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.

TRANSFERENCIA:

La transferencia de datos tiene lugar cuando el responsable y/o encargado del tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, envía la información o los datos personales a un receptor, que a su vez es responsable del tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país.
TRANSMISIÓN: Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un tratamiento por el encargado por cuenta del responsable.

PRINCIPIOS

En el desarrollo, interpretación y aplicación de la ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales y las normas que la complementan, modifican o adicionan, se aplicarán de manera armónica e integral los siguientes principios rectores:
1. PRINCIPIO DE LA LEGALIDAD: el Tratamiento de datos es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en la ley y las demás disposiciones que la desarrollen.
2. PRINCIPIO DE FINALIDAD: el tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al titular. En lo correspondiente a la recolección de datos personales, el POLITECNICO METROPOLITANO., se limitará a aquellos datos que sean pertinentes y adecuados para la finalidad con la cual fueron recolectados o requeridos; las dependencias de la institución que recolecten datos, deberán informar al titular el motivo por el cual se solicita la información y el uso específico que se le dará a la misma.
3. PRINCIPIO DE LIBERTAD: el tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento previo, expreso, e informado del titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento.
4. PRINCIPIO DE VERACIDAD O CALIDAD: la información sujeta a tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.
5. PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA: en el tratamiento debe garantizarse el derecho del titular a obtener del responsable del tratamiento o del encargado del tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan.
6. PRINCIPIO DE ACCESO Y CIRCULACIÓN RESTRINGIDA: el tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la ley y la Constitución. En este sentido, el tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el titular y/o por las personas previstas en la ley. Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los titulares o terceros autorizados conforme a la ley.
7. PRINCIPIO DE SEGURIDAD: la información sujeta a tratamiento por el POLITECNICO METROPOLITANO., se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
8. PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD: el POLITECNICO METROPOLITANO., está obligado a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la ley.

DEBERES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO

En virtud de la presente política de tratamiento y protección de datos personales son deberes del POLITECNICO METROPOLITANO., los siguientes, sin perjuicio de las disposiciones previstas en la ley.
1. Garantizar al titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.
2. Solicitar y conservar, prueba de la respectiva autorización otorgada por el titular.
3. Informar debidamente al titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten en virtud de la autorización otorgada.
4. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
5. Garantizar que la información sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.
6. Actualizar la información, atendiendo de esta forma todas las novedades respecto de los datos del titular. Adicionalmente, se deberán implementar todas las medidas necesarias para que la información se mantenga actualizada.
7. Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente.
8. Respetar las condiciones de seguridad y privacidad de la información del titular.
9. Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos señalados por la ley.
10. Identificar cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del titular.
11. Informar a solicitud del titular sobre el uso dado a sus datos.
12. Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los titulares.
13. Cumplir los requerimientos e instrucciones que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio sobre el tema en particular.
14. Usar únicamente datos cuyo tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la ley 1581 de 2012.
15. El POLITECNICO METROPOLITANO., hará uso de los datos personales del titular sólo para aquellas finalidades para las que se encuentre facultada debidamente y respetando en todo caso la normatividad vigente sobre protección de datos personales.

DERECHOS DEL TITULAR

1. El titular de los datos puede hacer uso de su facultad legal para:
2. Conocer en cualquier tiempo la información que sobre su persona esté depositada en las bases de datos sujetas a tratamiento del POLITECNICO METROPOLITANO.,
3. Solicitar la rectificación y actualización de sus datos de las bases de datos sujetas a tratamiento por el POLITECNICO METROPOLITANO.,
4. Ser informado de la solicitud de terceros, distinto a autoridades judiciales o administrativas, de obtener sus datos y a consentir, mediante autorización expresa, o negar la entrega de los mismos.
5. Ejercer ante las autoridades competentes las acciones derivadas del incumplimiento de la política de tratamiento aquí descrita.
6. Los demás que le sean otorgados por la Constitución y la ley.

El área responsable de garantizar los derechos del titular de los datos que consten en las bases de datos a cargo del POLITECNICO METROPOLITANO. será el área comercial.

En el caso de que el titular considere que se ha dado un uso inapropiado, se han incumplido las finalidades antes descritas o se han desconocido los mandatos legales o sus derechos fundamentales, el procedimiento que debe seguir es el siguiente:
1. El titular del dato o su representante deberá presentar comunicación por escrito donde conste su calidad, informe su interés y exprese de manera clara los fundamentos de su solicitud.
2. La misma deberá ser radicada en la sede del POLITECNICO METROPOLITANO., o remitida al correo electrónico info@polimetropolitano.edu.co
3. El área comercial procederá a dar respuesta en un término máximo de quince (15) días hábiles. En ella se señalará las medidas adoptadas con el fin de salvaguardar los derechos del titular.

VIGENCIA DE POLÍTICA DE DATOS

La política de tratamiento de las bases de datos cuya encargada es el POLITECNICO METROPOLITANO., entra en vigencia a partir del día primero (1º.) de junio del año dos mil diecinueve (2019).

MARCO LEGAL

1. DECRETO 1075 DE 2015 (mayo 26) del ministerio de educación nacional; PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA; Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación

2. RESOLUCIÓN NÚMERO 202250017426 de 4 de marzo de 2022 de secretaria de educación de Medellín, por el cual se concede licencia de funcionamiento.

3. RESOLUCIÓN NÚMERO 202250020121 de 15 de marzo de 2022 de secretaria de educación de Medellín, por medio de la cual se registra unos programas de formación laboral:

• Técnico laboral en auxiliar administrativo
• Técnico laboral en auxiliar contable y financiero
• Técnico laboral en gestión humana
• Técnico laboral en secretario (a) ejecutivo (a)

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